Presidencia promulga Decreto 2868 que reglamenta la Ley N° 6818/2021 «De Manejo Integral del Fuego”

El Decreto 2868 facilitará la coordinación interinstitucional para asegurar una respuesta integral, eficiente y oportuna hacia la prevención de incendios forestales. Además, crea el Sistema de Monitoreo de Incendios Forestales para una respuesta rápida y efectiva. 

El presidente de la República, Santiago Peña, promulgó el Decreto 2868 que reglamenta la Ley N° 6818/2021 «De Manejo Integral del Fuego», a los efectos de complementar aspectos relativos a su aplicabilidad y a la coordinación, siendo el Instituto Forestal Nacional el ente rector de su aplicación y trabajando de manera coordinada con las demás instituciones vinculadas al ámbito de competencia fijado por la Ley.

Además, crea el Sistema de Monitoreo de Incendios Forestales, dependiente del Sistema Nacional de Monitoreo Forestal (SNMF), como un conjunto de herramientas y procesos diseñados con el objetivo de recopilar, sistematizar, analizar y proveer información necesaria para la detección temprana, prevención, monitoreo y mejora en la capacidad de respuesta ante los incendios forestales.

De esta manera, el sistema creado cubrirá todo el territorio nacional y deberá de instruirse en tal sentido a los organismos y entidades del Estado dependientes del Poder Ejecutivo a proveer la información requerida para el funcionamiento de dicho sistema.

Así también, el INFONA ha trabajado en la creación de la Red de Manejo Integral del Fuego (RedMIF), buscando no sólo prevenir los incendios forestales, sino también fortalecer los mecanismos para la ejecución de planes de prevención y aumentar la transparencia en la gestión sostenible de los bosques.

Se ha definido al Instituto Forestal Nacional como uno de los entes rectores y como coordinador de la Red, según el presente decreto, aprobado por el presidente de la república, Santiago Peña. La Red estará compuesta además por la Secretaría de Emergencia Nacional, el Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Paraguay, la Junta Nacional de Bomberos Voluntarios de Paraguay, la Dirección de Meteorología e Hidrología, el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible, Ministerio de Agricultura y Ganadería, la Universidad Nacional de Asunción, Secretaría Nacional Antidrogas y la Policía Nacional.

Asimismo, el Gobierno del Paraguay ha definido que la autoridad de aplicación podrá solicitar la intervención de los organismos y entidades estatales, como una acción inmediata y decisiva por parte del Estado ante los casos de ocurrencia o de previsión de ocurrencia de incendios de gran magnitud. A través de este decreto, se asegurará el establecimiento de un procedimiento ágil y pertinente, a fin de salvaguardar la integridad de nuestros bosques mediante una gestión efectiva.  

Sobre el INFONA

El Instituto Forestal Nacional (INFONA) tiene como objetivo general la administración, promoción y desarrollo sostenible de los recursos forestales del país, en cuanto a su defensa, mejoramiento, ampliación y racional utilización. Su misión es promover la gestión forestal sostenible a través de una política participativa e inclusiva, cumpliendo con las leyes de competencia y brindando productos, servicios y tecnologías que aporten al desarrollo económico, social y ambiental del país.

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